
Fuente de la Noticia:
AFIPRecategorización Monotributo
- El 20 de julio vence la recategorización semestral del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo). Quienes tuvieron cambios en su facturación o en alguno de los parámetros, deberán recategorizarse en caso de corresponder.
- La recategorización es semestral, pero el cálculo debe realizarse tomando los datos de los doce últimos meses, del 1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2020.
- Si tuviste cambios en el desarrollo de tu actividad, como, por ejemplo, aumento o disminución de tus ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, tenés que recategorizarte.
- Si no tuviste cambios en ninguno de los aspectos mencionados, no tenés que hacer ningún trámite y AFIP da por entendido que te corresponde seguir en la misma categoría.